El SAT ha habilitado en el minisitio SAT ID la opción de poder renovar la e.firma o firma electrónica (FIEL), para los contribuyentes que sean exclusivamente Personas Físicas y que tengan vencido su certificado con el cual pueden realizar diferentes trámites ante el SAT y generar su Certificado de Sello Digital para poder emitir comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI).
Si aun no vence la e.firma tanto de una Persona Moral o Física, es importante considerar que esta puede renovarse en la página del SAT, sin la necesidad de tener que utilizar el aplicativo de SAT ID o acudir con cita al SAT.
Video: Procedimiento e.firma – SAT ID
SAT sin citas para trámites presenciales
A raíz de la emergencia sanitaria que se vive por la pandemia de COVID-19, el servicio de citas del SAT presenta saturación o no hay personal para poder atender tramites en las diferentes oficinas del Servicio de Administración Tributaria.
Desde hace más de un mes que el SAT no tiene citas para los contribuyentes que necesiten realizar algún trámite o para nuevos contribuyentes.
Y al parecer esta situación continuará para el próximo mes de julio de 2020.
Por lo que será necesario que los contribuyentes (personas físicas) conozcan cómo renovar su e.firma por internet, cuando ya esté vencida.
Renovar e.firma del SAT vencida por Internet (Personas Físicas)
El pasado 19 de junio de 2020 se publicó en la página del SAT la 2da modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 (versión anticipada), donde se modifica la regla 2.2.14 “Requisitos para la solicitud de generación o renovación del certificado de e.firma”, la cual se modificó para permitir la renovación de la e.firma a través del servicio SAT ID y que dicho tramite en línea se considera como si el contribuyente hubiera comparecido personalmente.
Solicitar renovación de e.firma en SAT ID
Para empezar con el trámite de la renovación de una e.firma del SAT vencida, es necesario contar con la siguiente documentación y requisitos:
- Personas físicas que cuenten con Certificado de e.firma caduco o revocado.
- Que su e.firma haya perdido su vigencia hasta un año antes a la presentación de la solicitud.
- Contar con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
- Teléfono móvil
- Correo electrónico
- Identificación oficial vigente
- Será necesario grabar un video con especificaciones que se le proporcionarán durante el trámite.
- Firma autógrafa del contribuyente (dentro de SAT ID)
Si tienes cumples con estos puntos, puedes iniciar el trámite en el minisitio de SAT ID.
Pasos para tramitar e.firma en SAT ID
Te compartimos algunos de los pasos que tendrás que considerar para el trámite de la renovación de la e.firma en el SAT ID, para eso es necesario ingresar al aplicativo de SAT ID y seleccionar la opción de «Iniciar trámite de renovación de e.firma».
Paso 1: Deberás ingresar RFC, correo y registrar un celular como medio de contacto (opcional).
Pedirá por seguridad que rellenes un captcha para poder continuar.
Ingresar el codigo de confirmacion para poder continuar con el trámite el cual se envió al medio de contacto que registraste.
Paso 2: Se solicitará la identificación del interesado y un video para acreditar la identidad del contribuyente.
Paso 3: Grabar el video mencionando la frase que aparece en el aplicativo de SAT ID.
Paso 4: Verificar que los datos del trámite sean correctos y cumplir con todos los puntos.
Paso 5: Firmar de forma autógrafa la solicitud del SAT ID.
Paso 6: Obtener el folio del tramite, para despues estar al pendiente de la resolución del SAT.
Según el anexo 1-A de la RMF 2020 (versión anticipada), el SAT resolverá a más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir del día hábil siguiente al envío de su solicitud. Sin embargo, si la autoridad requiere que se le envía alguna información o documentación adicional, te lo hará saber a través de los medios de contacto.
El trámite lo puedes consultar en el Anexo 1-A de la 2da modificación a la RMF 2020 (versión anticipada del SAT) “106/CFF Solicitud de renovación del Certificado de e.firma” publicada en la página del SAT el 19 de junio de 2020.
Renovar e.firma vencida para Personas Morales
La renovación de la e.firma para Personas Morales no es posible aun realizarla a través de SAT ID, por lo que aún es necesario acudir al SAT para presentar toda la documentación necesaria que se indica en el anexo 1-A de la propia 2da modificación a la RMF 2020.
- Identificación oficial vigente
- Unidad de memoria extraíble con el archivo con terminación (.req) generado previamente a través del programa Certifica.
- Correo electrónico.
- El representante legal, deberá contar con Certificado de e.firma vigente.
- Cuando se cuente con más de 5 socios, deberá proporcionar en unidad de memoria extraíble un archivo en formato Excel (*.xlsx) que contenga la información de la totalidad de socios, accionistas o integrantes de la persona moral.
Puedes consultar todos los requisitos y plazos del trámite en el anexo 1-A “106/CFF Solicitud de renovación del Certificado de e.firma”.
Comentarios finales
Ante esta situación los contribuyentes que aún tienen su certificado de e.firma o FIEL vigente (sobre todo las Personas Morales), es necesario dar seguimiento para que la renovación de la misma se de antes del vencimiento, para que la nueva e.firma se obtenga de forma inmediata, no teniendo que esperar a que el SAT tenga citas o autorice el trámite en el SAT ID.