Guía de llenado del CFDI global Versión 4.0 del CFDI
El CFDI global deberá expedirse a más tardar a las 24 horas siguientes al cierre de las operaciones que lo integran.
El monto del IVA y del IEPS deberá estar desglosado en forma expresa y por separado en los CFDI globales.
El CFDI global en donde consten las operaciones celebradas con el público en general, deberá remitirse al SAT o al proveedor de certificación de CFDI, según sea el caso dentro de las 24 horas siguientes al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral.
Se debe registrar la clave de forma de pago con la que se liquidó el comprobante de operaciones con el público en general de mayor monto de entre los contenidos en el CFDI global, en caso de haber dos o más comprobantes con el mismo monto pero distintas formas de pago, el contribuyente podrá registrar a su consideración una de las formas de pago con las que se recibió el mismo.
Ejemplo:
Datos del receptor público en general.
- RFC: XAXX010101000
- Nombre o razón social: PUBLICO EN GENERAL
- Domicilio Fiscal: Es el domicilio y código postal del emisor.
- Régimen Fiscal: 616 – Sin obligaciones fiscales.
- Uso del CFDI: Se debe registrar la clave “S01” (Sin efectos fiscales).
Información Global.
Para agregar esta información hay que ir a la parte superior del documento y en la barra de herramientas damos clic en Agregar Información Global.
- Periodicidad: Campo requerido para registrar el período al que corresponde la información del comprobante global.
- Meses: mes o los meses al que corresponde la información de las operaciones celebradas con el público en general.
- Año: Se debe registrar el año al que corresponde la información del comprobante global.
Conceptos o Partidas.
- Clave de producto o servicio: en este campo se debe registrar la clave 01010101
- Clave de unidad: se debe registrar la clave ACT
- Descripción: se debe registrar el valor Venta
Nota: Al respecto, cabe señalar que para los efectos del CFDI global aplicable a Hidrocarburos y Petrolíferos y siempre que se haya realizado la venta, no se deberán cancelar los CFDI globales, la única forma de poder realizar la cancelación de una operación que se llevó a cabo y que esté contenida en un CFDI global, es la emisión de un CFDI de egreso relacionado por una devolución de un concepto, en los términos descritos en el citado apéndice 2, para efectos de la generación del CFDI de ingresos de manera individual y nominativa, en caso de que un cliente lo haya solicitado. Ver la guía de llenado.
Fuentes: